Ante la inminente aprobación de una Tasa por Residuos, que no existe hasta ahora en nuestro pueblo, es necesario bajar el IBI en una cuantía similar para evitar una subida de impuestos innecesaria, señalan desde Almuñécar Unida para la Gente.
La nueva Tasa por Residuos va a generar para el ayuntamiento unos ingresos de 4.238.815€, que es el coste calculado de ese servicio según los técnicos municipales. Hay consenso entre todos los grupos en que el IBI tiene que bajar lo necesario para que la ciudadanía deje de pagar en IBI lo que ahora va a pagar como nueva Tasa por Residuos.
La propuesta del gobierno municipal es bajar el IBI de forma generalizada del 1,07 actual al 0,82. Según sus cálculos, con esta bajada se estaría compensando el importe de la nueva Tasa por Residuos.
IU plantea que el IBI baje hasta el 0,60%, fijando un tipo del 1% para los inmuebles de negocios con mayor valor catastral. Con esta medida, el 95% de la población vería reducido su IBI a casi la mitad. Pasar de un tipo de 1,07 a 0,60 supone, para una vivienda con 100.000€ de valor catastral, dejar una contribución de 1.070€ en 600€.
IU pide asimismo al Gobierno municipal que se adopten medidas efectivas para cumplir un apartado de la Ordenanza vigente del IBI según el cual Se aplicará un recargo del 50% sobre la cuota líquida del impuesto respecto de los inmuebles de uso residencial que se encuentren permanentemente desocupados. Este apartado 4 del artículo 9 se introdujo hace años en la citada normativa tras una negociación de IU con el gobierno municipal, pero se está incumpliendo año tras año por falta de voluntad política del Partido Popular.
Igualmente, IU plantea en su propuesta fiscal añadir un apartado nuevo a la ordenanza del IBI con el siguiente texto: Estarán exentos de tributación los inmuebles rústicos y urbanos cuya cuota líquida sea inferior a diez euros. Esta medida afecta a 300 contribuyentes y pretende eliminar los gastos que conlleva la tramitación de estos 600 recibos, gastando en burocracia más de lo que se recauda.
Por otro lado, IU se felicita por la inclusión en la futura ordenanza de la Tasa por Residuos de algunas propuestas que había hecho para mejorarla. En la última reunión de la Junta de Portavoces, el gobierno municipal presentó un nuevo borrador en el que aceptaba rebajar de manera considerable la futura tasa a la mayor parte de las viviendas y a los pequeños negocios, compensando esa bajada con una subida en la Tasa por Residuos a las empresas de mayor tamaño.
Igualmente, se ha incorporado en la futura Ordenanza una propuesta de IU diferenciando la tasa de bares y restaurantes en función del tamaño del negocio, anulando la propuesta inicial de cobrar a todos los negocios de hostelería la misma cantidad.
En el mismo sentido, señala el portavoz de Almuñécar Unida para la Gente, se ha aceptado nuestra propuesta de diversificar más la tasa a los almacenes en función de su tamaño para evitar que los pequeños almacenes pague lo mismo que los grandes, según se recogía en la propuesta inicial del gobierno municipal.
Francisco Fernández, portavoz de Almuñécar Unida para la Gente, valora de forma positiva estas mejoras a la futura Tasa por Residuos y espera que haya sensibilidad en el Gobierno local para incorporar en la Ordenanza del IBI las propuestas de IU con el fin de que la tributación sea más justa rebajando los impuestos de manera importante a la mayoría de la sociedad y manteniendo los tipos altos a las grandes empresas.
Texto actual de la Ordenanza en Almuñécar
Artículo 9.
3. Los tipos de gravamen aplicables en este Municipio serán los siguientes:
a) Bienes inmuebles de naturaleza urbana: 1,07%.
b) Bienes inmuebles de naturaleza rústica: 0,75%.
4. Se aplicará un recargo del 50% sobre la cuota líquida del impuesto respecto de los inmuebles de uso residencial que se encuentren permanentemente desocupados.
Propuesta de Almuñécar Unida para la Gente (Izquierda Unida)
3. Los tipos de gravamen aplicables en este Municipio serán los siguientes:
a) Bienes inmuebles de naturaleza urbana: 0,60%.
b) Bienes inmuebles de naturaleza rústica: 0,75%.
Pasar de un tipo de 1,07 a 0,60 supone, para una vivienda con 100.000€ de valor catastral, pasar de una contribución de 1.070€ a 600€. Esta medida beneficiará al 95% de la población y es necesaria para compensar la implantación de una nueva Tasa de Residuos
4. Se aplicará un recargo del 50% sobre la cuota líquida del impuesto respecto de los inmuebles de uso residencial que se encuentren permanentemente desocupados.
(El Gobierno municipal ha de dar las instrucciones necesarias para que este apartado de la Ordenanza, aprobado hace años a instancias de IU, se lleve a la práctica)
Nuevo epígrafe (Este añadido afectaría como máximo a 124 bienes inmuebles con uso distinto al residencial, que son los que tienen un valor catastral superior a 400.000€)
5. De conformidad con la posibilidad prevista por el art. 72.4 de la Ley Reguladora de las Haciendas Locales, de aprobar tipos diferenciados atendiendo a los usos establecidos en la normativa catastral para la valoración de las construcciones, que se aplicarán como máximo al 10% de los bienes inmuebles urbanos del término municipal que para cada uso tenga mayor valor catastral, se aprueban los siguientes tipos de gravamen diferenciados para los usos que se especifican a continuación y teniendo en cuenta que se aplicarán a aquellos bienes inmuebles de naturaleza urbana cuyo valor catastral exceda del límite mínimo que se fija para cada uno de dichos usos:
a) A los bienes inmuebles de uso Industrial cuyo valor catastral exceda de 400.000€ se aplicará un tipo de gravamen del 1%.
b) A lo bienes inmuebles de uso Comercial cuyo valor catastral exceda de 400.000€ se aplicará un tipo de gravamen del 1%.
c) A los bienes inmuebles cuyo uso sea el Deportivo y su valor catastral exceda de 400.000€ se aplicará un tipo de gravamen del 1%.
d) A los bienes inmuebles cuyo uso sea Ocio y Hostelería y su valor catastral exceda de 400.000€ se aplicará un tipo de gravamen del 1%.
d) A los bienes inmuebles cuyo uso sea Oficinas y su valor catastral exceda de 400.000€ se aplicará un tipo de gravamen del 1%.
Nuevo epígrafe
6. Estarán exentos de tributación los inmuebles rústicos y urbanos cuya cuota líquida sea inferior a diez euros.
Esta medida afecta a 300 contribuyentes y pretende eliminar los gastos que conlleva la tramitación de estos 600 recibos, gastando en burocracia más de lo que se recauda.








