La muerte de Noelia, una mujer joven, veinticinco años que en las existencias más habituales representa el momento álgido de la pasión por la vida, ha levantado interrogantes y dilemas de todo orden en la sociedad. En realidad, nada que no se supiera y se hubiera anunciado cuando se aprobó a toda prisa la llamada Ley de Regulación de la Eutanasia, ya que, como todas las aprobadas por la mayoría parlamentaria que ha legislado en este país en los últimos ocho años, no se ha buscado responder de manera equilibrada a las verdaderas necesidades de la sociedad. Por el contrario, como en otras ocasiones, en este caso se omitió de forma deliberada la fase de audiencia a los distintos organismos e instituciones cuya opinión era relevante. Es decir, la ley tenía que aprobarse no por para evitar situaciones insoportables a consecuencia de la combinación entre lo irreversible y un sufrimiento extremo, sino por razones ideológicas inspiradas en la pretensión de que no haya barreras infranqueables para el poder. En el caso de la eutanasia basta leer el Preámbulo de la ley para advertir que sus promotores buscan llevar al ordenamiento su propia visión del drama que supone una existencia sometida a graves padecimientos dejándoles una sola puerta de salida. Al expresarse en la ley que la misma responde a los principios constitucionales conectados con la vida tales como la dignidad, la libertad y la autonomía de la voluntad, se falsea la conexión entre todos ellos con el objetivo de viabilizar el suicidio asistido por los poderes públicos.
Resulta de lo más desconcertante que un Estado cada vez más intervencionista invoque en la autonomía de la voluntad como justificación de la eutanasia. Los mismos que exigen el derecho, y la necesidad (social, por supuesto) de interferir las relaciones privadas de todo el mundo diga sin inmutarse, y hasta celebrándolo, que la decisión de morir, además del cómo y el cuándo es cosa de cada uno, una tolerancia con la libertad individual que se niega para cosas muchos menos trascendentes. Resulta que sacamos a Dios del Estado para convertir al Estado en un dios que decide quién vive y quién muere. En un Estado ultraliberal, utilizando un trazo muy grueso, llevado a sus últimas consecuencias teóricas sería coherente que la vida y todo lo íntimo fuera un asunto de la exclusiva incumbencia de cada individuo y que nadie, público o privado, pudiera meterse en sus asuntos. Lo que no tiene sentido es que un Estado que se reclama protector, un Gobierno que presume de crear escudos sociales, abdique de su función esencial de proteger la vida de sus ciudadanos y desde sus proxys políticos y mediáticos se identifique la muerte de una mujer joven con una expresión de libertad, esa que cuestionan hasta para tener criterio propio sobre, por ejemplo, la historia. No sólo estamos ante una contradicción (una más y van…), sino que vemos cómo el dogma relativista ya alcanza al supremo valor de la vida y lo transforma en derecho a la muerte.
Ante todo, el caso de Noelia debe mover a una piedad inmensa por una existencia al parecer marcada por la desgracia, lo que no significa que tuviera que ser una situación irreversible, muchas cosas cambian con el tiempo. Con ella ha fracasado y a la vez mostrado cuánto de entelequia tiene ese llamado Estado del bienestar en cuya construcción hemos puesto tantos esfuerzos y recursos, aquí absolutamente inútiles para salvar la vida de esta joven. Cabe también decir que si una ley nace con el decidido propósito de que los medios, mejores o peores, de que disponemos para que se proteja la integridad física quedan inoperativos porque a ello tiende el espíritu que inspiró la aprobación de la Ley de eutanasia, la cuestión se resume en que sus fines fueron precisamente suspender la eficacia de esos medios para hacer posible esa muerte “deseada” y que el Estado ejecute a demanda.
Porque, no caigamos en la trampa, la expresión muerte digna es un componente más de ese perverso aparato conceptual en el que prácticamente todas las cosas son lo contrario de lo que las expresiones tratan de hacernos creer. Lay ley que regula la eutanasia lo que hace es generalizar la noción de extremo asimilando al mismo situaciones que no lo son. Al abrir la puerta a poner fin por medios legales a situaciones límite de sufrimiento el valor de la existencia se hace contingente y subjetivo. El texto legal establece un protocolo, un cauce a través del cual se determina que una muerte es digna si se cumplen las formalidades y si éstas se culminan se concluye que la muerte es digna, una absoluta tautología. La aparente tortuosidad del proceso lo único que esconde es un final que está anticipado: el Estado quitará la vida por petición de la víctima cuya expresión de voluntad (incluso con severas limitaciones cognitivas diagnosticadas) da inicio a un proceso que no busca otra cosa que dar legitimidad al resultado. Un positivismo jurídico de lo peor donde las leyes no responden a valores morales porque su bondad es intrínseca al hecho de que cumplan los requisitos necesarios para su validación: terminado el papeleo sólo cabe una mecánica obediencia. Sin embargo, las leyes tienen que ser morales, no pueden ser dictadas saltando a un vacío ético ni representar principios o valores que dependan de la mera razón o de mayorías, que pueden ser injustas, e ideologías, que se apliquen ciegamente. Su origen tiene que estar en la aceptación previa del ser humano como portador de derechos innatos esenciales que son los que deben inspirar el derecho y no a la inversa. El progreso no es esto y la muerte de Noelia al demostrarlo le da una segunda vida, ahora como símbolo frente a lo que nunca debió ser.
Si la alternativa a Dios era llegar a un Estado-dios, se hace necesario reevaluar aquella decisión.
José María Sánchez Romera






