El precio de la púrpura (falacias y sofismas) / José María Sánchez Romera

Como dijo Vito Corleone en la reunión con la que se trataba de poner fin a las sangrientas refriegas entre las bandas de gánsteres neoyorkinas: “¿Cómo hemos llegado hasta aquí? Todo ha sido excesivo y desafortunado”. ¿Por qué una simple reclamación ante la instancia legalmente prevista para ello ha provocado un temblor político en el que muchos han visto el principio del fin de la democracia liberal (que es como se debe llamar a la única democracia que lo es) en España? ¿En qué medida es remotamente concebible que un acto de anodina formalidad que solo excitaría el interés de juristas avezados, haya desatado semejante granizada de falacias (no se ha llegado ni al sofisma) donde la amenaza ha sido la dialéctica recurrente? De inicio si lo que se cuestiona es la independencia de la mayoría de los miembros del Tribunal Constitucional, las reformas con las que se busca removerlos de forma tan precipitada no avalan moralmente esa crítica. Es esta última constatación lo que explica como razón del alto nivel alcanzado en la confrontación que la voluntad del Gobierno es impulsar cambios que sin alterar el texto constitucional lleven a un determinado estado de cosas que hagan inevitable un proceso constituyente abiertamente declarado. Por supuesto debe desecharse por inverosímil que los cambios legales propuestos sean para cumplimiento de la Constitución cuando lo que se vienen cuestionando varias de sus instituciones fundamentales con apoyo de quienes tienen entre sus objetivos la derogación de aquella. Se trata de una contradicción tan patente que por eso sostengo que no se ha alcanzado siquiera la siempre más elaborada categoría del sofisma.

Las Cortes representan al pueblo español (artículo 66.1 de la Constitución), pero no son la “soberanía popular”, expresión extraña a nuestra Carta Magna, donde la soberanía nacional queda reservada al pueblo español (artículo 1.2), sujeto de derecho único del que, conforme a esa norma, no pueden desligarse para decidir por su cuenta las partes que lo conforman. Parte, además, cuya determinación resultaría consecuencia de la actual división administrativa que de cambiarse daría nueva identidad al nuevo sujeto. ¿Cómo se determina lo que se autodetermina si en cualquier momento anterior se podría cambiar su configuración respondiendo a los mismos criterios de funcionalidad que lo crearon?, ¿cuál sería entonces la verdadera identidad del sujeto desagregado? Apuntado lo anterior, cuando se impugna el acto de un órgano institucional, aunque sea el de la representación popular, no se priva de voz a la nación, que no es la que se expresa, sino que se comprueba si la disposición se atiene a la ley. De no estar previsto el trámite que admitió el Tribunal Constitucional, sus magistrados podrían haber sido acusados de prevaricación, lo que obviamente no ha ocurrido, por lo que lo decidido, discrepancia que se ha formulado antes de conocer los fundamentos de su resolución, está dentro de lo previsto por la ley y por ello de sus funciones. Por consiguiente, lo que se ha pretendido es condicionar el fallo marginando de forma consciente que su adopción es legítima con independencia de su sentido.

Así, se concluye, siguiendo una modesta lógica, que las desabridas reacciones salidas desde las filas de los impulsores de la reforma por fuerza tienen que obedecer a razones que no son las que se muestran. Se debe adelantar que la reforma de la Constitución es una aspiración legítima y conforme con la libertad ideológica que allí se consagra, pero la trascendencia de ello para el conjunto de la sociedad es algo que no puede llevarse a cabo ni de modo torticero ni como una idea surgida durante el transcurso de una legislatura en función de conveniencias o intereses sobrevenidos. Una mínima lealtad con el conjunto de los españoles requiere que esa cuestión nuclear se plantee claramente en un proceso electoral. La salvedad hecha nos lleva al nudo de la cuestión: ¿por qué un asunto menor reducido a una cuestión formal (cómo debe tramitarse una reforma legal) ha hecho crujir las cuadernas del Estado?

No se encuentra más explicación que la que tiene que ver con el coste de alcanzar la púrpura, llamémosla por caso una Presidencia del Gobierno. Lo último que hemos visto, con notable estupefacción (sensación cada vez más difícil de alcanzar), ha sido la equiparación entre un levantamiento contra el Estado y un simple desorden callejero, junto con la rebaja de las consecuencias de malversar caudales públicos después de lo que se ha dicho y escrito contra las prácticas corruptas. Asuntos que han exigido tortuosas explicaciones, aunque, no había otro remedio, en ese caso se han hecho públicos. Sin embargo, el actuar de forma tan expeditiva sobre los órganos que a la postre lo que supervisan es el cumplimiento general del principio de legalidad, solo puede obedecer al objetivo de garantizar que determinados pactos ocultos al debate público, llegado el caso, alcanzarán la santificación del visto bueno por parte de los tribunales. Y parece desprenderse de todo el contexto conocido que se ha llegado a un punto del trayecto desde el cual no hay retorno porque el incumplimiento acarrea la delación de la otra parte y con la revelación de las transacciones acordadas, la debacle. De ahí que el precio a pagar por esa púrpura nos vaya a resultar en todos los sentidos astronómico. Se trata de algo más que una hipótesis y la única aceptable, otras nos llevarían al terreno de lo metafísico y no es precisamente un ambiente filosófico el que respira la política española.

Hay otros graves problemas añadidos en los que también deberían pensar quienes impulsan iniciativas tan arriesgadas (expresión de Soledad Gallego, ex directora de El País). Si, por reducción al absurdo, una mayoría parlamentaria autoerigida en Convención Nacional de inspiración revolucionaria propone la desigualdad ante la ley por razones de sexo en la Constitución, alguien por su lesividad inmediata impugna esa iniciativa y se paraliza por el mismo Tribunal, ¿se atenta contra las competencias de las Cortes? Si en vez del Gobierno de la Comunidad de Cataluña, es otro el que se alza contra la legalidad, ¿no se va a beneficiar de la misma cuasi impunidad que ahora se va a establecer? Cuando el Sr. Bolaños, a causa de la impugnación del PP, amenazaba el otro día con las imprevisibles consecuencias de abrir esa puerta debería pensar mejor a dónde conducen las que él quiere eliminar.

José María Sánchez Romera

 

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