John Rawls: El velo de la ignorancia / Ana Jurado

En torno al concepto de justicia se han desarrollado muchas teorías, incluso con anterioridad a aquellas que plantearon los diferentes Sofistas y el propio Sócrates. Hoy quiero referirme, muy escuetamente, al concepto de justicia como equidad de John Rawls.

John Rawls (1921- 2002) ejerció como profesor de filosofía política en la prestigiosa Universidad de Harvard durante muchos años. En una de sus principales obras, Teoría de la Justicia (1971), se refiere a la justicia social como el modo en que las grandes instituciones sociales distribuyen los derechos y deberes fundamentales y determinan la división de las ventajas provenientes de la cooperación social. Independientemente del valor transformador que su teoría pueda poseer, hay aspectos en su planteamiento que ayudan a orientar la reflexión en cualquier conflicto, debate o toma de decisiones políticas.

Conviene señalar que Rawls, con su característico pragmatismo, no pretende definir la Justicia en general, como hiciera Platón, sino la justicia en el establecimiento de los principios fundamentales de una sociedad, que ya es bastante pretensión, por lo demás.

Solemos considerar que, en nuestras sociedades democráticas, la justicia tiene que ver con el modo en que se reparten los bienes primarios o fundamentales; que no son sino aquellos bienes que todos queremos tener y a los que no queremos renunciar. Estos bienes, nos dice Rawls, son de dos tipos: bienes jurídicos, es decir, los derechos fundamentales que se reconocen a los ciudadanos; y bienes económicos o propiedades que disfrutamos en una sociedad de libre mercado. Ahora bien ¿es posible repartir con justicia los bienes primarios, sean económicos o jurídicos, en una sociedad?

Todos tenemos en mente la característica representación de la justicia como una dama que sostiene una balanza y que tiene los ojos vendados. ¿Por qué? Bueno, suele pensarse que, si conocemos a las personas implicadas en un reparto, un litigio, conflicto o, por poner un caso cualquiera, en una oposición a cargo público, correríamos el riesgo de no ser imparciales o ecuánimes; es decir, seríamos parte interesada y, muy posiblemente, parciales e injustos. No habría equilibrio en la balanza de la dama con los ojos descubiertos.

Por tanto ¿es posible repartir con imparcialidad los bienes primarios en una sociedad? Rawls, al estilo de Einstein, nos propone un experimento mental. Imagínenos la situación de un pacto fundacional constituyente, un contrato social, en el que desconociéramos cuál sería nuestra particular circunstancia o situación en la sociedad que vamos a constituir. Se trataría de escoger los principios que regularán la vida social desconociendo las características individuales que pudiéramos tener. Imaginemos que un velo de ignorancia nos impide conocer qué posición o estatus ocuparemos en dicha sociedad. Imaginemos que ignoramos si seremos ricos o pobres, hombres o mujeres, nuestra orientación sexual, si seremos más o menos agraciados, más o menos talentosos… Y es que Rawls llega a pedirnos que imaginemos, incluso, que no conocemos siquiera nuestras ideas acerca del bien o nuestras tendencias psicológicas.

Se hace difícil creer que, en tal situación, eligiéramos un reparto de derechos, por ejemplo, de tipo estamental, feudal, esclavista, teocrático… porque y si me toca… y si soy una humilde campesina, o una mujer noble maltratada por su señor, o un segundo hijo… Y si la fortuna, en cualquier aspecto, me es desfavorable…

Es muy probable, supone Rawls, que, en tal hipotética situación de desconocimiento, a la hora del reparto de los bienes primarios, nuestro egoísmo racional nos inclinaría hacia una justicia entendida como igualdad e imparcialidad.

En esta situación inicial, a juicio de Rawls, las personas escogerían la igualdad entre los ciudadanos por lo que a derechos y deberes fundamentales se refiere. Y, a la par, legitimarían aquellas diferencias sociales y económicas que producen beneficios compensadores para todos y, en particular, para los miembros menos aventajados de la sociedad.

Con la igualdad aseguraríamos, para todos, las libertades básicas como pueden ser, entre otras, la libertad de expresión, de reunión o de pensamiento entre otras muchas.

Con la legitimación de la diferencia estableceríamos la igualdad de oportunidades para que aquellos que tengan capacidades y habilidades similares tengan perspectivas de vidas similares (un ejemplo claro de esta legitimación la encontramos en la disposición de salida en las carreras de atletismo por las que se les da ventaja a quien corre en la calle más desfavorecida o con más metros por delante). Y, por supuesto, también sería necesario abrir a todos los ciudadanos el acceso a los cargos públicos, cumpliendo los requisitos para el cargo, se entiende.

Y, aun cuando es un aspecto a trabajar muy seriamente, no vamos a entrar aquí en todo lo que da de sí este principio legitimador de diferencias en posiciones políticas como la socialdemocracia o el liberalismo. Hoy quería incidir en la idea de Rawls, enraizada en Sócrates, Kant o Habermas, entre otros, de que una razón desinteresada, aquella que no apunta a uno mismo, es lo más cerca que podemos estar de decidir con justicia. Y, si bien es cierto, que somos seres circunstanciados, y no podemos ni debemos renunciar a ello, siempre podríamos, a la hora de enjuiciar o intervenir en un conflicto o decisión política, preguntarnos, aunque sea en la reflexión más personal, cómo lo enfocaríamos de estar cubiertos por un velo de ignorancia. Es utópico, sí, pero orientador. Y, tal vez, así, poco a poco, mejoraríamos las circunstancias de estos seres biológicos, biográficos e históricos que somos.

 

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